No será tramitada como amparo
En el día de hoy, la Corte Suprema resolvió que en la demanda que el Gobierno de la Ciudad hizo para que el porcentaje de coparticipación fuera restituido ya que la Nación decidió retribuírselo a la Provincia, no se tramite a través de un amparo, sino más bien a través de un proceso ordinario ante la Corte.
El caso ya no tendrá características de amparo, sino que los demandantes deberán presentar su demanda a la Procuración del Tesoro acompañando las pruebas documentales que sustenten. Por su parte, la Corte mostró compromiso para resolver la cuestión en plazos correspondientes para que dicho proceso no se atrasse más.
“La cuestión planteada requiere una mayor amplitud de debate y prueba que la que permite el limitado ámbito cognoscitivo de ese proceso excepcional. En efecto, el objeto de la pretensión exige que la tutela de las facultades constitucionales invocadas se canalice por vías que no limiten los mecanismos procesales a los previstos para la acción aquí esgrimida, por lo que cabe disponer que el presente se sustancie por el trámite previsto para el juicio ordinario en el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación”, dice el fallo de la corte.
Es así que la Corte Suprema resolvió declarar que la presente causa corresponde a la jurisdicción originaria de esta Corte y comunicar el inicio de la demanda a la Procuración del Tesoro de la Nación a los fines establecidos por los artículos 8 y 10 de la ley 25.344.